Reglamento de Tránsito, modificaciones Pro-Vida del Peatón y Ciclistas.

Peatones y ciclistas, con prioridad en calle.
Alberto Cuenca. El Universal.
Miércoles 17 de febrero de 2010


El gobierno del Distrito Federal tiene lista una serie de reformas al Reglamento de Tránsito Metropolitano que castigan con mayores multas y en algunos casos hasta con el traslado del vehículo al corralón a los automovilistas que no respeten a peatones y ciclistas.

Así, los conductores tendrán estrictamente prohibido transitar en ciclovías y ciclocarriles o detener su vehículo sobre un área de espera ciclista. Si violan estas disposiciones, se les impondrá una multa de entre mil 149 pesos (20 días de salario mínimo) y 2 mil 298 pesos (40 días de salario), más corralón.

En el actual reglamento esas obligaciones no existen. De hecho, todo el documento de reformas que esta semana se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal contiene adiciones enfocadas a garantizar los derechos de peatones y ciclistas, al tiempo que se endurecen las sanciones para los conductores del transporte público y particular.

Desde el artículo primero se establece una novedad. En este punto, las reformas al reglamento señalan que la prioridad en el uso del espacio público la tendrán, en orden jerárquico, los peatones, después los ciclistas, en tercer lugar los usuarios del transporte de pasajeros, los automovilistas, y en último sitio los conductores de unidades de carga.

Un concepto que existirá a partir del jueves se denomina “zona de tránsito calmado”. Ésta será un área delimitada en el interior de barrios, pueblos o colonias cuyas vías se diseñan para reducir la intensidad del tránsito, de tal manera que peatones, ciclistas y conductores circulen de manera segura.

En esas zonas la velocidad máxima permitida será de 30 kilómetros por hora, y no hacerlo ameritará una multa de 287 pesos (cinco salarios).

Las reformas al reglamento también detallan que los automovilistas sólo podrán rebasar por el lado izquierdo, pero cuando se trate de un ciclista deberán otorgar además la distancia de un metro de separación lateral, así como indicar la dirección de su giro o cambio de carril con las direccionales. El incumplimiento a esas disposiciones se sancionará también con cinco días de salario mínimo.

Los artículos 10 y 11 del reglamento se refieren a las obligaciones de peatones y ciclistas, como cruzar las vialidades por las esquinas o zonas marcadas para tal efecto, transitar exclusivamente por ciclovías y no acceder a vialidades primarias o de acceso controlado. Para ellos no hay sanciones, pues al transgredir las normas de tránsito sólo se harán acreedores a una amonestación verbal del agente de tránsito.

Habrá mayores multas para los conductores que se estacionen en sitios prohibidos como banquetas, rampas, camellones, andadores, retornos y espacios reservados a peatones o ciclistas. La sanción, que hoy es de hasta 10 días de salario, pasará a 15 días y será suficiente con que cualquier parte del vehículo se ubique en el área prohibida para que se configure la infracción. Los choferes de microbuses, taxis, combis y autobuses enfrentarán multas de entre 80 y 130 días de salario, es decir, entre 4 mil 596 y 7 mil 469 pesos, por hacer maniobras de ascenso y descenso de pasajeros en ciclovías y ciclocarriles.

Los motociclistas no escapan a esta política de “mano dura”, pues en un nuevo apartado del artículo 30 se señala que enfrentarán una multa de 574 pesos y el remisión acorralón por exceder los límites de velocidad. Se refrenda que no podrán circular por carriles centrales de vías de acceso controlado como el Anillo Periférico y el Viaducto.


*Artículo periodístico en línea, de la ciudad capital de México.
Publicado en EL UNIVERSAL.COM.MX http://www.eluniversal.com.mx/ciudad/100385.html

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